FUNCIONES.


Según Decreto 92/2004, de julio del 2004, por el que se regula la Inspección Educativa en Castilla y León, corresponden a la Inspección Educativa las siguientes funciones:

  • Controlar, supervisar y asesorar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos , programas y servicios tanto de titularidad pública como privada, así como coordinarlas actuaciones de apoyo externo que se realicen en los centros.

  • Supervisar la práctica docente y colaborar en su mejora continua y en la del funcionamiento de los centros, así como en los procesos de reforma educativa y de renovación pedagógica, formación y perfeccionamiento del profesorado.

  • Participar en la evaluación del sistema educativo, especialmente en la que corresponde a los centros escolares, de los programas y servicios, de la función directiva y de la función docente, a través del análisis de la organización, funcionamiento y resultados de los mismos.

  • Velar por el cumplimiento, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en materia educativa en todos los centros y servicios
    educativos.

  • Asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus
    obligaciones .

  • Informar sobre los centros, programas y actividades de carácter educat ivo promovidos o autorizados por la Administración educativa, así como sobre cualquier aspecto relacionado con la enseñanza, que le sea requerido por la autoridad educativa competente o que conozca en el ejercicio de sus funciones.

  • Colaborar en los procesos de escolarización del alumnado, en laplanificación y coordinación de los recursos educativos, dotación de profesorado y en la detección de necesidades de formación del profesorado.

  • Cualquier otra que se le encomiende de acuerdo con la normativa vigente.

EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.

En cumplimiento de las funciones de inspección y dentro de las atribciones los inspectores de educación podrán realizar, entre otras, las siguientes actuaciones:

  • Visitar las dependencias de los centros docentes públicos y privados, de los servicios e instalaciones en las que se desarrollen actividades educativas.

  • Observar y supervisar en los centros educativos la organización y desarrollo de cualquier actividad educativa, docente, académica o del funcionamiento de los servicios educativos.

  • Convocar y presidir reuniones con los distintos sectores de la comunidad educaiva

  • Realizar la evaluación externa de los centros, de las funciones docente y directiva.

  • Mediar en situaciones de conflicto suscitadas en la comunidad educativa.

  • Requerir a los responsables de los centros docentes, servicios y programas para que adecuen su organización y funcionamiento a la normativa vigente.

  • Participar en cualesquiera tribunales y comisiones cuando así lo disponga la normativa vigente.

NORMATIVAS SOBRE FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA.

DECRETO 92/224, de 29 de julio, por el que se regula la Inspección Educativa de Castilla y León. BOCyL de 3 de agosto 2004.


ORDEN EDU/1343/2004, de 13 de agosto, que desarrolla el Decreto 92/2004 de 29 de julio, por el que se regula la inspección educativa en Castilla y León. BOCyL de 1 de septiembre 2004.


RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2004, de la Dirección General de Coordinación , Inspección y Programas Educativos, por la que se establecen determinados aspecto relativos a la organización de las Áreas de inspección Educativa. BOCyL de 26 de octube 2004.


ORDEN EDU/1435/2011, de 15 de noviembre, por la que se modifican disposiciones administrativas de carácter general en lo referente a la intervención de la Inspección Educativa.

ORDEN EDU/13/2015, de 13 de enero, por la que se modifican disposiciones administrativas de carácter general en lo referente a la intervención de la inspección educativa.

NORMATIVAS DE REFERENCIA

LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. BOE 24 de diciembre 2002.


REAL DECRETO 1538/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades básica de inspección educativa. BOE 10/12/2003.