a)     Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos

b)     Colaborar en las actividades educativas de los centros.

c)      Promover  la participación de los padres de alumnos en la gestión del centro.

d)     Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.

e)     Facilitar la representación y participación en los Consejos Escolares de los centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.

f)        Cualquier otra finalidad determinada y lícita prevista en sus estatutos, siempre que resulte compatible con las anteriores.


Real Decreto 1533/1986, por el que se regulas las Asociaciones de Padres