Los programas de cualificación profesional inicial constituyen una vía específica para posibilitar al alumnado la obtención de una acreditación profesional, en correspondencia con una cualificación profesional de nivel 1 de la estructura del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. Así como realizar, de forma voluntaria, los estudios correspondientes para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Su regulación se establece mediante la Orden EDU/1869/2009, de 22 de septiembre, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León.
A través de esta regulación se define la finalidad y objetivos de los programas, sus destinatarios, la organización y estructura curricular y los aspectos relacionados con la gestión académica de los mismos.
DESTINATARIOS:
Podrán ser destinatarios de estos programas:
-mayores de 16 años, cuyo interés fundamental sea la inserción laboral temprana.
-mayores de 15 años, que hayan realizado segundo curso de ESO, no estén en condiciones de promocionar y hayan repetido una vez en esta etapa.
-alumnado con necesidades educativas especiales.