Fecha: 9 de marzo de 2018
Hora: 10:00 horas






Resultado del sorteo público para dirimir empates

  • Letra que determina la primera letra del primer apellido: D
  • Letra que determina la segunda letra del primer apellido: Z
  • Letra que determina la primera letra del segundo apellido: E
  • Letra que determina la segunda letra del segundo apellido: L


Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2017 (BOCyL 5 de enero)

Noveno.– Sorteo para la resolución de empates.

  1. Los empates en la puntuación de varios solicitantes que se mantengan tras la aplicación de los criterios previstos en el artículo 12.2 del Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, se resolverán de acuerdo al resultado del sorteo público que se realizará a las 10:00 horas del día 9 de marzo de 2018 en la sala de la Dirección General de Política Educativa Escolar de la Consejería de Educación, sita en la Avenida de los Reyes Católicos, n.º 2 bis, de Valladolid.
  2. El sorteo se realizará mediante la extracción, al azar y en cuatro ocasiones, de una bola de entre veintisiete que representen el abecedario español y cuya letra corresponderá, ordenadamente, a la primera letra del primer apellido, a la segunda letra de éste, a la primera letra del segundo apellido y a la segunda letra de éste.
  3. El orden de adjudicación del alumnado empatado se iniciará en aquél cuyo primer apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas; y de haber varios, por aquél cuyo segundo apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas pasando de «ZZ» a «AA» hasta recorrer todo el abecedario para dicho segundo apellido. Se considerarán las posibles partículas que precedan a cada apellido si constan de esta forma en el DNI o NIE, pero no los caracteres no alfabéticos. Para aquellos alumnos que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre.