Si seguimos considerando el centro como el núcleo y el eje de la formación permanente, es en él donde se debe propiciar la máxima participación del profesorado. Será preciso, pues, efectuar los ajustes organizativos que se consideren convenientes para poder participar en las actividades programadas sobre todo cuando éstas respondan a una demanda del propio
centro.
El horario de la formación |
La formación del profesorado queda completada dentro del horario laboral, generalmente, en el tiempo de no obligada permanencia en el centro. En algunos casos, sobre todo cuando la formación se desarrolle en el propio centro, ésta se podrá llevar a cabo, siempre con la autorización de la Dirección Provincial, en el horario de permanencia en el centro.
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Inscripción y solicitud |
Los profesores interesados en participar en las actividades de formación propuestas deberán solicitarlo en los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa. Para ello tendrán que cumplimentar las fichas de inscripción (en papel o vía telemática) y aportar toda la información requerida en ellas, en los plazos que se establezcan en las respectivas convocatorias.
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Criterios de selección |
La participación en actividades de formación de ámbito provincial estará abierta a todo el profesorado de la provincia, de acuerdo con las condiciones específicas de cada convocatoria.
La participación en actividades de un Centro de Formación del Profesorado e Innovación Educativa estará abierta a todo el profesorado en activo del propio ámbito, aunque si las características de la actividad lo permiten podrá ampliarse a profesores destinados fuera del ámbito o a otros profesionales relacionados con la docencia. La participación en Proyectos de Formación en Centros, Proyectos de Innovación Educativa, Grupos de Trabajo y Seminarios se regirá por las normas que cada convocatoria especifique.
En cuanto a la selección de participantes, cuando ésta sea necesaria, se tendrán en cuenta los criterios específicos para cada actividad, aunque con carácter general se considerarán los siguientes requisitos:
• Pertenecer al ámbito para el que se convoca la actividad: CFIE o Ámbito provincial.
• Tener la especialidad correspondiente o adecuarse a los criterios de afinidad por áreas para profesorado de Educación Secundaria.
• Impartir la etapa, área o materia a la que va dirigida la actividad.
• Cumplir los criterios particulares de la actividad.
Todas las actividades recogidas en el presente Plan Provincial se llevarán a cabo siempre que se den las condiciones establecidas en la convocatoria de cada una de ellas.
Certificación |
En este apartado se seguirán las normas establecidas por la Orden Ministerial de 26 de noviembre de 1992 (BOE 10 de diciembre), de la que a continuación se destacan algunos aspectos concretos:
En general, para acreditar la realización de actividades formativas será imprescindible la asistencia, como mínimo, al 85% de las horas que conforman la fase presencial de la actividad.
En aquellas actividades que se contemple la realización de un trabajo práctico, además de la asistencia anteriormente indicada, será preceptiva la presentación y valoración positiva de dicho trabajo para obtener la acreditación.
La acreditación de una actividad únicamente se podrá expedir cuando ésta haya concluido y haya sido convenientemente evaluada. |
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