Programa de Ayudas y Subvenciones

Destinatarios:
Entidades
Finalidad:
Contribuir a la financiación de las actividades y de la infraestructura administrativa básica necesaria para el funcionamiento de las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de Castilla y León, para el curso escolar 2010-2011.
Beneficiarios:
Las federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnos de Castilla y León, cuyo ámbito de actuación esté dentro de la Comunidad de Castilla y León y estén inscritas, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el censo de la Consejería de Educación.
Cuantía:
El importe máximo para las federaciones de madres y padres de alumnos será de trece mil euros (13.000 €).
En el caso de las confederaciones de madres y padres de alumnos el importe máximo de las subvenciones será de sesenta y un mil doscientos setenta euros (61.270 €).
Actuaciones:
  1. Actuaciones dirigidas a fomentar la participación de las madres y los padres en los centros educativos y en sus consejos escolares, en especial en el proceso de renovación de cargos. 
  2. Organización de escuelas de madres y padres dedicadas a fomentar su implicación en el proceso educativo, la participación en la vida escolar y la coordinación entre los ámbitos escolar, familiar y social.
  3. Actuaciones dirigidas al desarrollo institucional de las confederaciones y federaciones de madres y padres de alumnos, potenciando su funcionamiento y promoviendo la información de sus miembros. 
  4. Actuaciones dirigidas a toda la comunidad educativa, de conocimiento y promoción de los valores culturales, sociales y medioambientales del entorno donde se encuentre ubicado el centro de referencia de la federación o confederación.
  5. Actuaciones de sensibilización, formación y fomento de los valores en materia de coeducación, interculturalidad e integración de toda la comunidad educativa en la vida de los centros docentes.
  6. En el caso de las confederaciones de madres y padres de alumnos de Castilla y León, actuaciones incluidas en la correspondiente resolución de la dirección general competente en la materia por la que se aprueban las directrices y las actividades que desarrollan el «Programa de formación para la participación de familias y alumnos en el sistema educativo de Castilla y León».
  7. Serán gastos subvencionables aquellos que se deriven de la realización de las actuaciones a que se refiere el apartado anterior, incluidos los gastos derivados de la adquisición de material informático y de oficina, los de funcionamiento y mantenimiento de su infraestructura administrativa básica, así como los de alimentación y transporte, siempre que estén vinculados a su proyecto de actividades.
Solicitudes:
Las solicitudes, conforme al modelo que figura en el Anexo I de esta Orden, disponible también en la sede electrónica http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, irán dirigidas al Excmo. Consejero de Educación, pudiendo presentarse bien directamente en la Dirección Provincial de Educación de la provincia que corresponda, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P.P.A.C.

 

Asimismo las solicitudes podrán presentarse de forma telemática.

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

 

Publicado en el B.O.C.yL. el 3 de marzo de 2011 .