Información general sobre pruebas libres
Las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional, más conocidas como "pruebas libres", permiten obtener las titulaciones de Técncio o Técnico Superior sin la obligación de cursar las enseñanzas de los ciclos formativos correspondientes.
Están destindas principalmente a las personas que, no teniendo la titulación, cuentan con la formación y cualificación correspondiente a la profesión que desarrollan o pueden desarrollar y quieren obtener el titulo a través de una prueba por cada módulo profesional.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Los requisitos de la convocatoria del 2016 son:
- Para presentarse a las pruebas para la obtención de los títulos se requiere tener, en el momento de la finalización del plazo inscripción, dieciocho años para los títulos de Técnico y veinte años para los de Técnico Superior.
- Además de la edad requerida en el punto anterior, los candidatos deben reunir alguno de los requisitos académicos siguientes:
- Para los Títulos de Técnico:
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
- Título de graduado en educación secundaria.
- Título de técnico.
- Título de Bachiller superior.
- Título de técnico auxiliar.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Haber superado el curso de formación específica para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente, con un máximo en conjunto, de dos materias pendientes.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
- Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
-
Reunir alguna de las titulaciones o condiciones establecidas en el apartado b) de este artículo para el acceso a los ciclos formativos de grado superior.
- Para los títulos de Técnico Superior:
- Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Estar en posesión del título de Técnico y haber superado el curso de formación específica para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativo.
- Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Para los Títulos de Técnico:
- El solicitante no podrá estar matriculado en el curso académico 2015-2016 en un mismo módulo profesional en las pruebas reguladas por esta orden y a la vez, en las que convoquen otras Administraciones educativas para la obtención de títulos de formación profesional. Tampoco podrá estar matriculado simultáneamente en un mismo módulo profesional en la modalidad de formación presencial y a distancia. El incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior conllevará la anulación de la matrícula en la presente convocatoria y de los resultados académicos en ella obtenidos. Asimismo, no serán tenidas en consideración las calificaciones logradas durante el curso académico 2015-2016 en centros de otras Administraciones educativas en los módulos profesionales afectados
- Sólo podrán inscribirse en las pruebas para la obtención de los títulos que se relacionan a continuación quienes hayan superado con anterioridad algún módulo profesional de los títulos regulados al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y no se encuentren matriculados en el curso académico 2015-2016 en los módulos profesionales para los que solicita la inscripción:
- Técnico en Trabajos Forestales y de Conservación del Medio Natural.
- Técnico Superior en Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.
- Técnico Superior en Secretariado.
- Técnico en Preimpresión en Artes Gráficas.
- Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial.
- Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas.
- Técnico en Comercio.
- Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing.
- Técnico en Acabados de Construcción.
- Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo.
- Técnico en Laboratorio de Imagen.
- Técnico en Estética Personal Decorativa.
- Técnico en Caracterización.
- Técnico en Peluquería.
- Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal.
- Técnico en Fabricación a Medida e Instalación de Carpintería y Mueble.
- Técnico en Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.
- Técnico en Laboratorio.
- Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología.
- Técnico Superior en Documentación Sanitaria.
- Técnico Superior en Higiene Bucodental.
- Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico.
- Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
- Técnico en Atención Sociosanitaria.
- Técnico Superior en Integración Social.