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Admisión y matrícula en Ciclos Formativos online

¿Cuáles son los requisitos de acceso?


Puedes consultar los requisitos de acceso a los ciclos formativos en la Web temática de Formación Profesional, haciendo clic sobre el siguiente enlace Este enlace se abrirá en una ventana nueva


¿Cuál es el plazo de admisión y matrícula?

Las fechas de admisión y matrícula para el curso 2025/2026 serán las siguentes:


Matriculación de antiguo alumnado

La presentación de solicitud de matrícula por el alumnado que haya cursado en el curso anterior estas enseñanzas se realizará del 7 al 11 de julio de 2025. Tiene acceso a los formularios, así como a información detallada en la sede electrónonica, haciendo clic en el icono situado más abajo (Tramita Castilla y León). Antes de rellenar el formulario de matrícula, por favor, consulta las indicaciones del archivo: Acceso al documento (Se actualizará más adelante)


Información aclaratoria relativa al antiguo alumnado que continúa matriculado en la ordenación académica vigente en el curso 2023-2024 (Plan antiguo).

El alumnado que pretenda titular conforme a la ordenación académica vigente en el curso 2023-2024 y tenga módulos profesionales pendientes de superar, incluido el módulo profesional de "Formación en centros de trabajo", deberá matricularse de todos ellos.

La evaluación final de los módulos pendientes a que se refiere el punto anterior se realizará en la fecha que permita desarrollar el módulo profesional de "Formación en centros de trabajo" dentro del curso 2025-2026.


Si no pretende titular y no se matricula en todos los módulos pendientes, deberá tener en cuenta el siguiente calendario:



tabla

El alumnado matriculado en módulos pendientes tendrá derecho al acceso a la plataforma de formación sin acción tutorial.


Alternativamente, el alumnado podrá matricularse voluntariamente de primer o segundo curso, según corresponda, de la nueva ordenación académica.

En este caso, para los módulos profesionales superados según la ordenación académica vigente en el curso 2023-2024 se aplicarán las correspondientes convalidaciones atendiendo a lo establecido en la disposición adicional de la Orden EDU/588/2024, de 11 de junio.



Tienes toda la información al respecto en el manual de matriculación on-line: Manual matriculación FP online

Matriculación FP online sep-_23. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Admisión de nuevo alumnado (período ordinario)

La presentación de solicitud de admisión por las personas que deseen cursar por primera vez estas enseñanzas se realizará del 14 al 18 de julio de 2025 en período ordinario. Tienes acceso a los formularios, así como a información detallada en la sede electrónonica, haciendo clic en el icono situado más abajo (Tramita Castilla y León).


Matriculación de nuevo alumnado (período ordinario)

El alumnado admitido solicitará la matrícula en los módulos profesionales del ciclo formativo del 10 al 16 de septiembre de 2025. El alumnado incluido en el listado definitivo como reserva podrá formalizar la matrícula durante el curso escolar.

Antes de comenzar a rellenar el formulario de matrícula, por favor, consulta el toda la información al respecto: Manual matriculación FP online

Matriculación FP online sep-_23. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Tienes acceso a los formularios, así como a información detallada en la sede electrónonica, haciendo clic en el icono situado más abajo (Tramita Castilla y León). También puedes acceder directamente al formulario de matrícula haciendo clic en la imagen siguiente:

Matriculación online. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Admisión y matrículación de nuevo alumnado fuera del período ordinario

De conformidad con el artículo 9.2 de la Orden EDU/588/2024, de 11 de junio, el proceso de admisión y matrícula para la modalidad virtual se mantendrá abierto a lo largo del curso escolar. Se prevé que el plazo comprenda desde el 6 de octubre de 2025 al 8 de junio de 2026.

El alumnado que solicite admisión fuera del período ordinario utilizará el formulario de admisión correspondiente y, una vez cumplimentado, impreso y firmado, lo hará llegar al centro a través de registro, correos o en persona en el centro educativo. Todos los formularios los tiene a su disposición en la Sede Electrónica en el enlace que se encuentra más abajo (Tramita Castilla y León). También podrá teletramitar el formulario de admisión correspondiente, siempre que disponga de Certificado Digital o DNI electrónico.

En cuanto al formulario de matrícula, podrá cumplimentarlo también desde la Sede Electrónica, siempre que el centro haya confirmado que existe plaza en el ciclo formativo solicitado.


Anulación de la matrícula

El alumnado podrá anular la matrícula dentro de los tres primeros meses posteriores al inicio de la actividad formativa, mediante el formulario que encontrará en la Sede Electrónica. La anulación de matrícula del alumnado que curse la formación según la nueva ordenación académica implicará la renuncia de convocatorias de evaluación y la pérdida de los derechos de reserva de plaza en el centro, según lo indicado en el artículo 15 de la Orden EDU/588/2024, de 11 de junio.


Renuncia a convocatoria

Según el artículo 25.3 de la Orden EDU/588/2024, de 11 de junio: "El alumnado podrá solicitar la renuncia a la convocatoria ordinaria de evaluación, en los módulos profesionales en los que esté matriculado hasta en dos ocasiones alegando los motivos de la misma, y con una antelación mínima de un mes a la celebración de la primera prueba presencial final de carácter global".


Ciclos formativos de nueva implantación en centros públicos en el curso 2025/2026*

  • CFGS Sistemas Electrotécnicos y Automatizados en el centro: CIFP Simón de Colonia (Burgos).
  • CFGS Guía, Información y Asistencias Turísticas en el centro: CIFP La Flora (Burgos).
  • CFGS Agencias de Viajes y Gestión de Eventos en el centro: CIFP Felipe VI (Segovia).
  • CFGM Atención a Personas en Situación de Dependencia en el centro: IES Fernando de Rojas (Salamanca).

* En los ciclos formativos indicados se ofertarán los módulos que correspondan al curso primero contemplados en la norma reguladora de la organización del ciclo.


Formularios de admisión, matricula y anulación

NOTA: El alumnado que se matricule por primera vez en ciclos formativos en modalidad virtual deberá presentar, previamente, el formulario de admisión (junto con la correspondiente documentación). Podrá presentar admisión en varios centros para el mismo ciclo formativo, si así lo desea.

Si se opta por la tramitación electrónica se deberá contar con DNI Electrónico o Certificado Digital. En cualquier caso, solo se considerará como teletramitada una solicitud cuando el sistema emita el correspondiente resguardo: "Resumen de presentación de documentos".


Las personas interesadas pueden acceder a los formularios de admisión y matrícula, así como a más información, en el enlace a la sede electrónica de la Junta de Castilla y León:


Imagen Tramita Castilla y León. Este enlace se abrirá en una ventana nueva



¿Qué documentación tengo que aportar?

Solicitudes:

  • Solicitud de admisión (para alumnos que se matriculen por 1ª vez).
  • Solicitud de matrícula, si estás admitido o eres antiguo alumno.

Documentación:

  • Copia del DNI o NIE, únicamente si la persona solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación recabe o consulte directamente sus datos de identidad.

  • Si la persona solicitante es mayor de dieciséis años y menor de dieciocho años, documentación acreditativa de hallarse en alguna de las circunstancias siguientes:

1º. Tener un contrato de trabajo que no permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.

2º. Ser deportista de alto rendimiento.

  • Documento acreditativo del cumplimiento de los requisitos académicos de acceso a ciclos de formación profesional de grado medio o de grado superior. Si se alegan titulaciones oficiales, sólo será necesario aportarlas en caso de que la persona solicitante se oponga expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación las recabe o consulte directamente.

  • Si alega residencia en la Comunidad de Castilla y León, certificado de empadronamiento, únicamente en el caso de que la persona solicitante se oponga expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación lo recabe o consulte directamente en el Servicio de Verificación de Datos de Residencia.

  • Si alega condición legal de familia numerosa, copia del título oficial de familia numerosa o documento equivalente, únicamente en el caso de que la persona solicitante se oponga expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación lo recabe o consulte directamente.

  • Si desea que se le aplique el criterio de reserva de plazas previsto en el artículo 10.1 y 10.2 de la Orden EDU/588/2024, de 11 de junio, documento acreditativo de su pertenencia a alguno de los colectivos a los que se aplica la citada reserva. En caso de alegar discapacidad, deberá aportar los siguientes documentos:

    1. Cuando el reconocimiento de grado de discapacidad haya sido expedido por el órgano competente en la Comunidad de Castilla y León o en otra comunidad autónoma y la persona solicitante se oponga expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación recabe o consulte directamente este dato, copia de la resolución o certificado sobre el reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    2. Cuando la discapacidad la haya reconocido un órgano de la Administración General del Estado, cualquiera de los documentos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social:

2.1. En el caso de grado de discapacidad igual al 33 por ciento:

2.1.1. Resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

2.1.2. Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

2.1.3. Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

2.2. En el caso de grado de discapacidad superior al 33 por ciento: resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el IMSERSO.


  • Tienes acceso a la citada Orden EDU/588/2024, de 11 de junio, así como a los anexos en los apartados "Información relacionada" y "Ficheros disponibles", respectivamente.



Envío de documentación al centro

Hay varias opciones:

  1. Personarse en la secretaría del correspondiente centro formativo con la/s solicitud/es y documentación a aportar.
  2. Enviar por correo certificado la/s solicitud/es y documentación necesaria.
  3. En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  4. En las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
  5. Mediante teletrámite (se admite para los procesos de: Admisión, matrícula y renuncia). Para ello, debes hacer clic en el enlace a la Sede Electrónica de la Junta de Castilla y León indicado anteriormente.

No obstante, te rogamos que para evitar posibles retrasos, utilices la opción 1, 2 ó 5. En caso de duda, te recomendamos que te pongas en contacto con el centro donde te vayas a matricular.

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