CONVALIDACIONES Y EQUIVALENCIAS

  • Las CONVALIDACIONES tienen validez a efectos académicos y a efectos laborales, de manera que se puede incorporar al sistema educativo en el nivel correspondiente. Pueden otrogarse por estudios completos o por materias.

  • Las EQUIVALENCIAS se otorgan por estudios completos y la más normal es la que hace referencia a "EQUIVALENCIA A EFECTO DE ACCESO A EMPLEOS PÚBLICOS O PRIVADOS".

  • Las Convalidaciones recogidas expresamente por disposicioens de carácter general las reconoce el Director del centro público en el que esté matriculado el alumno, en el caso de centros privados, será el Director del centro público en el que esté adscrito.

  • Las equivalencias a efectos de acceso a empleos públicos y privados reguladas con carácter general son de público reconocimiento, al ser difundidas por el Boletín Oficial del Estado.

  • Las Convalidaciones no recogidas expresamente, como estudios superiores, o planes extinguidos, así como las EQUIVALENCIAS se realizan mediante Resolución Personalizada.

  • Para ampliar información habrán de dirigirse a la página web http://www.mec.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva