El martes, 2 de mayo de 2006 se publicó en el BOCyL la ORDEN EDU/693/2006, de 25 de abril, por la que se regulan los planes para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora de los centros docentes de Educación Secundaria.


La citada Orden tiene por objeto regular la elaboración y ejecución de los planes para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora que implantarán los centros públicos de Castilla y León que imparten enseñanzas de Educación Secundaria.


Los centros concertados de Castilla y León que impartan enseñanzas de Educación Secundaria podrán realizar su plan para el fomento de la lectura y desarrollo de la comprensión lectora según lo establecido en la Orden.


Os incluimos la nueva Orden de Fomento de la Lectura (ORDEN EDU/152/2011, de 22 de febrero, BOCyL nº 43 de 3 de marzo) y os destacamos a continuación las modificaciones más importantes que afectan tanto a la composición del equipo de coordinación de fomento de la lectura como a los centros destinatarios del plan.


Artículo 1.– Objeto y ámbito de aplicación.

1.– La presente Orden tiene por objeto regular la elaboración y ejecución de los planes para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora de los centros docentes en la Comunidad de Castilla y León.

2.– Los centros públicos de Castilla y León que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria deberán elaborar y ejecutar su plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora según lo establecido en la presente Orden.

3.– Los centros concertados de Castilla y León que impartan las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria podrán elaborar y ejecutar su plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora según lo establecido en la presente Orden, con las peculiaridades que puedan derivarse de su naturaleza jurídica, en cuyo caso podrán beneficiarse de las medidas de fomento previstas en la disposición adicional primera.

4.– Los centros públicos de Castilla y León que impartan enseñanzas de régimen especial, educación de adultos o centros específicos de formación profesional, podrán elaborar y ejecutar su plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora según lo establecido en la presente Orden, con las peculiaridades que puedan derivarse de su organización, en cuyo caso podrán beneficiarse de las medidas de fomento previstas en la disposición adicional primera.


El equipo de coordinación del plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión lectora estará formado por, como mínimo, el coordinador el plan, el profesor responsable de la biblioteca escolar, el profesor responsable de medios informáticos y audiovisuales, el profesor responsable de formación del profesorado y el profesor responsable de las actividades extraescolares.


Con el fin de facilitar a los centros la justificación del plan, que se ha de basar en una evaluación inicial, se halla colgado en la página web de esta Dirección Provincial de Educación en la sección del Área de Programas Educativos, en el apartado Fomento de la Lectura y con el título "Encuesta inicial de Secundaria" la encuesta que a tal efecto se ha elaborado.


Cada centro estimará oportuno, por si pudiera ser de interés o ayuda, basar la justificación de su plan en esta encuesta.


En todo caso, cada centro decidirá qué instrumentos debe utilizar como base de la evaluación inicial.

Como novedad, en ficheros disponibles, encontraréis una una propuesta didáctica justificada desde el currículo de Lengua Castellana y Literatura, para el desarrollo de las competencias básicas y el aprendizaje cooperativo


Más información sobre el Plan de Fomento de la Lectura Este enlace se abrirá en una ventana nueva, donde encontrarás materiales y recursos útiles tanto para el ámbito escolar como para el familiar.