UCD

Gabriel Cisneros

José Pedro Pérez Llorca

Miguel Herrero

(Pacte Democràtic per Catalunya)

Miguel Roca

(AP)

Manuel Fraga

(PSOE)

Gregorio Pérez Barba

(PSUC)

Imagen 30. Los padres de la Constitución española de 1978

Fuente: http://es.wikipedia.org

Jordi Solé Turá

5.6.2. El Estado configurado en la Constitución de 1978

5.6.2.1. El Estado español configurado en la Constitución de 1978

Diferentes aspectos sobre la organización política y territorial de España han sido analizados

en el Bloque II del Módulo III.

En la Constitución de 1978 se configura un Estado:

Democrático: reconocedor de unos derechos ciudadanos fundamentales, los

gobernantes son elegidos por los votantes en elecciones periódicas.

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Social: intervencionista, para poder equilibrar los desajustes sociales que la

sociedad pueda presentar, y proteger a los sectores más desfavorecidos,

promoviendo la cultura y la economía para asegurar a todos los ciudadanos una

digna calidad de vida;

De derecho: la Constitución es la norma suprema. Todas las demás leyes se

elaboran de acuerdo con ella, estando todos los ciudadanos sujetos al

ordenamiento jurídico.

Autonómico: Frente al anterior Estado centralista, se opta por la organización

autonómica de las nacionalidades y regiones que integran la nación española. La

estructura de España en comunidades autónomas aparece recogida en el artículo 2:

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española,

patria común de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la

autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre

ellas”. La Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las

comunidades autónomas y aquellos que sólo se pueden atribuir al Estado.

Monarquía parlamentaria como forma política del Estado español: el rey, como

Jefe del mismo y el Parlamento (o Cortes Generales) que representa al pueblo, en

el que reside la soberanía nacional y del que dimanan los poderes del Estado.

5.6.2.2. Principales órganos de poder.

Como principales órganos de poder se encuentran:

la Corona: El rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia,

arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta

representación del Estado Español en las relaciones internacionales;

Las Cortes Generales: Representan al pueblo español y están formadas por el

Congreso de los Diputados y el Senado, ejerciendo la potestad legislativa del

Estado.

El Gobierno: Dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la

defensa del Estado, ejerciendo la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de

acuerdo con la Constitución y las Leyes.

5.6.2.3. Competencias del Tribunal Constitucional

Como principales competencias del Tribunal Constitucional se encuentran:

 controlar que la Constitución se cumpla en todos los ámbitos legislativos.

 proteger los derechos y libertades fundamentales.

 resolver conflictos de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, o

los de estas entre sí.

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PODERES EN EL ESTADO ESPAÑOL