Programa de Ayudas y Subvenciones

Destinatarios:
Alumnos
Finalidad:

Financiar los gastos por desplazamiento de los alumnos participantes en la medida "Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de ESO" del "Programa para la Mejora del Éxito Educativo".

Beneficiarios:

Los alumnos que se encuentren inscritos en la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del periodo lectivo al alumnado de E.S.O.» del «Programa para la Mejora del Éxito Educativo» en alguna de las modalidades siguientes:

  1. Desplazamiento para recibir clases extraordinarias durante los meses de febrero a mayo, en horario de tarde, dirigida a los alumnos de 1.º de ESO que en la primera evaluación hayan suspendido las materias de Lengua Castellana y Literatura y/o Matemáticas.
  2. Desplazamiento para recibir clases extraordinarias durante los meses de marzo a mayo, en horario de tarde, dirigida a los alumnos de 4.º de ESO que en la primera evaluación hayan suspendido las asignaturas de Lengua Castellana y Literatura y/o Matemáticas.
  3. Desplazamiento para recibir clases extraordinarias de lunes a viernes durante el mes de julio, dirigidas a los alumnos de 4.º de ESO que no hayan superado en la evaluación final las asignaturas de Lengua Castellana y Literatura y/o Matemáticas.
Requisitos:

  • Estar cursando ESO, en el centro educativo sostenido con fondos públicos más cercano a su domicilio, ubicado dentro de la zona que le corresponda o bien en el centro educativo de más fácil acceso determinado por la correspondiente comisión de escolarización. No se podrán conceder ayudas a aquellos alumnos que, disponiendo de un centro educativo adecuado en la propia localidad y más cercano a su domicilio, hayan elegido otro distinto, o bien hayan obtenido plaza en un centro de localidad distinta a la de su domicilio debido a su cercanía al lugar de trabajo de los padres.
  • Tener su residencia habitual en una localidad distinta a aquélla en la que esté ubicado el centro en el que se imparte la medida. No obstante, los alumnos podrán ser beneficiarios de la ayuda, aún cuando el centro esté ubicado en la misma localidad de residencia, siempre que las necesidades derivadas de la discapacidad del alumno dificulten su desplazamiento al mismo.
  • Cumplir con un número mínimo de asistencias que será, el 80% de las programadas para el alumno.
Cuantía:

Las ayudas oscilarán en función de:

  1. El número total de días de asistencia, una vez cumplido el mínimo de días exigido.
  2. La distancia existente entre la localidad del domicilio familiar del alumno y el límite del casco urbano de la localidad en que radique el centro docente en el que se imparte la medida, en la siguiente cuantía:
  • Inferior a 30 Kilómetros: 4 € por día.
  • Superior a 30 Kilómetros e inferior a 40 Kilómetros: 5 € por día.
  • Superior a 40 Kilómetros: 6€ por día.
Solicitudes:

Las solicitudes, una por cada alumno y modalidad, se presentarán preferentemente en la secretaría del centro educativo en el que asisten a la medida, en la correspondiente modalidad, durante el curso 2010/2011.

Se dirigirán al Director Provincial de Educación correspondiente a ese centro formalizándose, por el padre, madre o tutor legal del alumno conforme al modelo que se encuentra disponible en la sede de administración electrónica (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de educación (www.educa.jcyl.es).


Enlace al formularioEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será:

  • Hasta el 30 de marzo de 2011 para los alumnos de las modalidades a y b. 
  • Hasta el 19 de Julio de 2011 para los alumnos de la modalidad c.

Publicado en el BOCyL de 25 de febrero de 2011.