Sorteo para la resolución de empates. 2018/2019
Fecha: 9 de marzo de 2018
Hora: 10:00 horas
Resultado del sorteo público para dirimir empates
- Letra que determina la primera letra del primer apellido: D
- Letra que determina la segunda letra del primer apellido: Z
- Letra que determina la primera letra del segundo apellido: E
- Letra que determina la segunda letra del segundo apellido: L
Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2017 (BOCyL 5 de enero)
Noveno.– Sorteo para la resolución de empates.
- Los empates en la puntuación de varios solicitantes que se mantengan tras la aplicación de los criterios previstos en el artículo 12.2 del Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, se resolverán de acuerdo al resultado del sorteo público que se realizará a las 10:00 horas del día 9 de marzo de 2018 en la sala de la Dirección General de Política Educativa Escolar de la Consejería de Educación, sita en la Avenida de los Reyes Católicos, n.º 2 bis, de Valladolid.
- El sorteo se realizará mediante la extracción, al azar y en cuatro ocasiones, de una bola de entre veintisiete que representen el abecedario español y cuya letra corresponderá, ordenadamente, a la primera letra del primer apellido, a la segunda letra de éste, a la primera letra del segundo apellido y a la segunda letra de éste.
- El orden de adjudicación del alumnado empatado se iniciará en aquél cuyo primer apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas; y de haber varios, por aquél cuyo segundo apellido comience por las letras extraídas a ese efecto, o en caso de no darse coincidencia, por las siguientes más próximas a ellas pasando de «ZZ» a «AA» hasta recorrer todo el abecedario para dicho segundo apellido. Se considerarán las posibles partículas que precedan a cada apellido si constan de esta forma en el DNI o NIE, pero no los caracteres no alfabéticos. Para aquellos alumnos que carezcan de segundo apellido, se tendrá en cuenta como tal el primer apellido de la madre.