CONVALIDACIONES

La LOE prevé que las Administraciones educativas faciliten al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria (artículo 47.1), para lo que se podrán adoptar medidas de organización y ordenación académica que incluirán, entre otras, las convalidaciones (artículo 47.2).