Los directores, o en su caso titulares, de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que deseen implantar el bachillerato de investigación/excelencia deberán presentar ante el titular de la dirección provincial de educación correspondiente una solicitud antes de la finalización del segundo trimestre del curso anterior al de su implantación.

La dirección general competente en materia de ordenación académica, teniendo en cuenta los informes emitidos por la inspección educativa y los criterios para la autorización, podrá autorizar a los centros docentes para impartir el bachillerato de investigación/excelencia.