Acceso

Podrá incorporarse a un programa de diversificación curricular el alumnado que, al finalizar el segundo curso de educación secundaria obligatoria, no esté en condiciones de promocionar y el equipo docente considere que su permanencia un año más, en ese mismo curso, no va a suponer un beneficio en su evolución académica.

Asimismo, el alumnado que finalice tercero y se encuentre en la situación citada en el párrafo anterior podrá ser propuesto para su incorporación al primer año del programa.

Excepcionalmente, podrá ser propuesto para su incorporación al segundo curso del programa el alumnado que, al finalizar cuarto curso, no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, si el equipo docente considera que esta medida le permitirá obtener dicho título, sin exceder los límites de permanencia, previstos en los artículos 5.1 y 16.7 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria,

En todos los casos, la incorporación a estos programas requerirá, además de la evaluación académica, un informe de idoneidad de la medida, una vez oído el propio alumno, y contando con la conformidad de su madre, padre, o persona que ejerza la tutela legal

Organización

1. El programa de diversificación curricular se organiza en ámbitos específicos y materias.

2. Los ámbitos específicos y materias que se impartirán en ambos cursos del programa, son los siguientes:

a) El ámbito lingüístico y social, que integra los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias Geografía e Historia y Lengua Castellana y Literatura.

b) El ámbito científico-tecnológico, que integra los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias Biología y Geología, Física y Química, y Matemáticas.

c) El ámbito práctico, que incluye los aspectos básicos del currículo de la materia Tecnología y Digitalización.

d) La materia Lengua Extranjera.

e) La materia Educación Física.

f) La materia Religión o la materia a la que hace referencia el artículo 17.2 del Decreto 39/2022, de 29 de septiembre.

g) Una materia optativa de refuerzo que será Conocimiento de las Matemáticas o Conocimiento del Lenguaje, en función de la elección de cada alumno. La impartición de las materias de refuerzo se podrá organizar de manera que el alumnado que lo precise reciba, de forma simultánea, apoyo para superar sus dificultades de aprendizaje en ambas. En todo caso, la suma de los tiempos dedicados a estas materias deberá coincidir con el horario total dedicado a las materias optativas en cada curso.

3. Además, en el primer curso del programa se impartirán las siguientes materias:

a) Educación en Valores Cívicos y Éticos.

b) Música o Educación Plástica, Visual y Audiovisual, en función de la elección de cada alumno.

4. En el segundo curso del programa se impartirán también las siguientes materias:

a) Formación y Orientación Personal y Profesional.

b) Música o Expresión Artística, en función de la elección de cada alumno.

5. Los alumnos cursarán en grupo específico los ámbitos específicos del programa. Las materias se cursarán en el grupo de referencia. No obstante, tanto la materia Formación y Orientación Personal y Profesional como la materia Lengua Extranjera podrán cursarse de forma independiente del grupo de referencia siempre que esto no implique un incremento en la dotación del profesorado.

Promoción

Las decisiones sobre la permanencia un año más en el programa se adoptarán exclusivamente a la finalización del segundo año del programa.

En el caso del alumnado que promocione sin haber superado todas las materias o ámbitos específicos, el profesorado que le atiende diseñará y aplicará un plan de recuperación de cada materia y ámbito específico no superado en el primer curso del programa en base a un informe elaborado por el equipo docente que le atendió el curso anterior.

Titulación del alumnado

Obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria los alumnos y alumnas que, al terminar la Educación Secundaria Obligatoria, hayan adquirido, a juicio del equipo docente, las competencias clave establecidas en el Perfil de
salida y alcanzado los objetivos de la etapa,

El grado de desarrollo de las competencias clave establecidas en el Perfil de salida, se deducirá a partir de la valoración y calificación de los criterios de evaluación de los ámbitos específicos y materias del segundo curso del programa, así como, en su caso, de los planes de recuperación de los ámbitos específicos y materias pendientes del primer curso del programa y de los planes de recuperación de las materias de cursos anteriores no integradas en algún ámbito específico.