Una vez publicado el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos para el curso escolar 2020-2021, según las indicaciones del Acuerdo 29/2020, de 19 de junio de la Junta de Castilla y León, que fue elaborado por la Consejería de Educación con el asesoramiento de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares, sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas tanto en el Acuerdo como en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las que se desarrollen las actividades anteriormente señaladas.


1.- Comedores Escolares.

  1. En todos los comedores escolares será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.
  2. En todos los comedores escolares deberá estar disponible hidrogel a cargo del centro, tanto en la entrada del mismo, como en aquellos lugares donde sea preciso.
  3. Con respecto a alumnos usuarios de comedor, transporte escolar y madrugadores se deben agrupar en el mismo turno siempre que se cumplan las medidas de distanciamiento interpersonal y tendrán prioridad en el primer turno de comedor, con la finalidad de gestionar con la mayor eficacia posible las diferentes rutas de transporte existentes.
  4. Las ratios de alumnos/monitor no se verán afectadas por la formación de grupos estables de convivencia. En la medida de lo posible y si el número de alumnos lo permite un mismo monitor atenderá a un único grupo estable. En caso que el número alumnos de un grupo estable sea inferior a la ratio que rige el contrato, un mismo monitor puede atender a varios grupos estables manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa entre la atención a los diferentes grupos.
  5. En el supuesto de que en un comedor sea preciso introducir más de dos turnos y para evitar que el periodo de comida sea excesivamente largo, lo que acarrearía otras dificultades organizativas previas y posteriores al servicio de comedor en el alumnado que espere para acceder al mismo, se contemplará la posibilidad de realizar un turno inicial previo con el alumnado de educación infantil.
  6. Cuando existan varios turnos de comedor, durante el tiempo de espera se respetarán las normas establecidas en el Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, relativas a la gestión de movimientos en el centro o gestión del patio entre otras, respecto a la separación e interacción de grupos estables de convivencia. La vigilancia de los alumnos en el tiempo de espera entre turnos será realizada por el personal de comedor, siendo en caso necesario ampliado el número de cuidadores.
  7. A la hora de elaboración de los diferentes turnos de comedor, se podrá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León, en todo caso se garantizará el uso en primer lugar del comedor a todos los alumnos transportados.
  8. Los comensales esporádicos sólo podrán hacer uso del comedor en los casos en los que exista espacio suficiente para garantizar el cumplimiento del protocolo. En los centros donde no sea posible atender estas peticiones esporádicas deberán establecer en la aplicación de comedores el centro con límite de plazas. Así mismo, deberá advertirse al inicio del curso escolar esta circunstancia para general conocimiento de los padres del alumnado.

2.- Transporte Escolar.

  1. En el transporte escolar cada alumno utilizará todo el curso académico el asiento que tenga preasignado, siendo obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.
  2. En la realización de las tareas de limpieza y desinfección que, de conformidad con lo señalado en el apartado 3.8.5 del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, deberán llevar a cabo los vehículos que realicen varios viajes en diferentes turnos horarios, se tomarán como referencia los criterios que en su día fueron exigidos, durante el estado de alarma, a través de la Orden FYM/298/2020 de 20 de marzo (BOCYL nº 51 de 13 de marzo) y que, en relación con los vehículos se centraban en "La desinfección diaria de superficies y puntos comunes al tacto tanto para las personas usuarias como para los trabajadores (puesto de conducción y cobro, salpicadero, repisas, asideros, barras de sujeción, agarraderas, posabrazos y asientos, marcos inferiores de ventanas, mandos de apertura y canceladoras, etc.), así como la eliminación diaria de desechos.", prescribiendo asimismo que "La desinfección se realizará con desinfectantes de uso público en general, como la lejía o con una solución de hipoclorito sódico que contenga 1.000 ppm de cloro activo (dilución 1:50 de una lejía con concentración 30-50 gramos por litro, preparada recientemente)."
  3. Para la organización del transporte escolar las direcciones provinciales de educación, a través de las comisiones provinciales correspondientes, harán seguimiento y marcarán pautas para la coordinación que los directores de los centros, en el ámbito de su competencia, establezcan con los contratistas responsables de las rutas de transporte las posibles adaptaciones y flexibilización de horarios que pudieran derivarse de la aplicación del Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los Centros Educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.

3.- Madrugadores y tardes en el cole.

  1. En relación al acceso al centro, los monitores responsables deberán estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar, así como para la organización de los espacios en la misma.
  2. En la prestación de los servicios de madrugadores y tardes en el cole será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.
  3. En el caso de alumnos pertenecientes a un grupo estable de convivencia ocuparan preferentemente en una única aula por grupo si el número de estos está acorde con la ratio establecida para cada monitor. En caso de ser inferior en cada aula se establecerá una zona diferenciada y señalizada para los alumnos de cada grupo estable, manteniendo la distancia de seguridad respecto a otros grupos estables u otros alumnos, evitando la interacción entre ellos, pudiéndose utilizar en caso de necesidad medios físicos de separación.
  4. En el caso de grupos completos de alumnos, estables o no estables, que acudan al servicio de madrugadores se podrán utilizar sus aulas de referencia para la prestación de dicho servicio.
  5. Se evitará el uso compartido de materiales, que deberán estar almacenados en lugares específicos para cada grupo, reduciendo en la medida de lo posible el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.). En todo caso serán de aplicación el resto de medidas recogidas en el presente protocolo.
  6. El acceso será controlado en todo momento por los monitores, pudiendo el centro establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas asignadas, para evitar aglomeraciones, siendo en caso necesario ampliado el número de monitores.
  7. La limpieza de las aulas utilizadas para estos servicios será realizada después de cada uso. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas de madrugadores/tardes en el cole, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso, ampliando en caso necesario el número de limpiadores.

4.- Actividades extraescolares.

  1. Durante la realización de actividades extraescolares será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas, que sean de aplicación, del Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021
  2. Se recomienda a las familias minimizar el uso de las actividades extraescolares por el incremento del riesgo de contagio que supone para el alumnado, utilizándose preferentemente por aquellas familias con necesidades de conciliación.
  3. Al igual que para las actividades complementarias, se deberá tener muy en cuenta por parte de los equipos directivos a la hora de elaborar los planes de actividades extraescolares y complementarias, el riesgo-beneficio de la realización de las diferentes actividades, independientemente de quienes sean sus promotores u organizadores.
  4. Se evitarán, en la medida de lo posible, aquellas actividades extraescolares que supongan la realización de actividades físicas colectivas, por la implicación que tiene en el uso de vestuarios y duchas y en la desinfección regular que habría que hacer de los materiales deportivos de uso comunitario, priorizándose en todo caso actividades deportivas de tipo individual.
  5. Las aulas utilizadas para actividades extraescolares deberán ser limpiadas antes y después de su uso.
  6. En la medida que la organización lo permita, las actividades extraescolares deberán ser orientadas por grupos, para minimizar el contacto entre alumnos de diferentes grupos. Esta medida será tenida especialmente en cuenta para los grupos estables de convivencia.
  7. En caso de una demanda insuficiente de grupos concretos, a la hora de planificar las actividades extraescolares se deberá tener en cuenta la delimitación de espacios para los alumnos de un mismo grupo estable de convivencia. Los monitores irán colocando a los alumnos en el espacio que les corresponda dentro del aula según pertenezcan o no a un grupo estable de convivencia, evitando en todo momento la interacción entre ellos.
  8. En relación al acceso al centro, los monitores responsables de cada actividad deberán estar en el centro diez minutos antes del comienzo del programa para proceder a la ventilación del aula o de las aulas donde se vaya a desarrollar las mismas, así como para la organización de los diferentes espacios.
  9. El acceso a las diferentes actividades será controlado en todo momento por los monitores, pudiendo el centro establecer horarios escalonados en el acceso y salida a las aulas para cada actividad extraescolar, para evitar aglomeraciones.
  10. Se evitará el uso compartido de materiales, que deberán estar almacenados en lugares específicos para cada grupo, reduciendo en la medida de lo posible el uso de materiales no desechables y utilizando en caso de necesidad materiales exclusivos para cada alumno (lapiceros, pinturas, cuadernos, etc.). En todo caso serán de aplicación el resto de medidas recogidas en el presente protocolo.
  11. La limpieza de las aulas utilizadas para estas actividades será realizada después de cada uso. Se procurará, en la medida de lo posible, la utilización de espacios que no sean utilizados para la docencia con alumnos. En el supuesto de que las aulas para actividades extraescolares, sean también destinadas a la impartición de docencia, se prestará especial atención a la limpieza de las mismas después de cada uso, ampliando en caso necesario el número de limpiadores.