El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina en su disposición transitoria quinta, el reconocimiento de formaciones realizadas con carácter meramente federativo.

En el apartado 1 de dicha disposición se indica que el hoy Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a propuesta de Consejo Superior de Deportes, y previo acuerdo de los órganos competentes en materia de educación y en materia de deportes de las Comunidades Autónomas, así como de las Federaciones deportivas españolas, podrá efectuar el reconocimiento que proceda de aquellas formaciones que se hayan realizado con carácter meramente federativo entre la entrada en vigor de la Orden de 5 de julio de 1999 por la que se completan los aspectos curriculares y los requisitos generales de las formaciones en materia deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y la entrada en vigor del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, es decir, entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante la Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre, estableció el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano, judo y vela, con carácter federativo, previsto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, a fin de posibilitar que aquellos entrenadores que se formaron con carácter meramente federativo en dichas modalidades deportivas, puedan obtener los efectos académicos previstos para las enseñanzas oficiales o incorporarse a dichas enseñanzas para completar su formación.

Habiéndose realizado formaciones federativas en la Comunidad de Castilla y León en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano y judo en el periodo indicado anteriormente, procede aplicar en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León la segunda fase del procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano y judo en la Comunidad de Castilla y León, establecido por la Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre. De igual manera, al no haberse realizado ninguna formación federativa en la Comunidad de Castilla y León en la modalidad de vela, se ha optado por no iniciar el procedimiento de reconocimiento en esta modalidad.

Por dicho motivo, se ha publicado la ORDEN EDU/1492/2025, de 19 de diciembre, por la que se aplica la segunda fase del procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano y judo en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL Nº 251, 31 de diciembre).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la orden citada, este proceso se iniciará de oficio mediante resolución de la dirección general competente en materia de enseñanzas deportivas de régimen especial, la cual deberá publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León.

En aplicación de lo anterior, ha sido publicada la Resolución de 5 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de conjunto en las modalidades deportivas de atletismo, baloncesto, balonmano y judo, para la homologación de los diplomas de entrenador de nivel III y II con los títulos de Técnico Deportivo Superior y Técnico Deportivo, respectivamente, y para la obtención del certificado académico oficial de superación de ciclo inicial por acreditar el diploma de entrenador de nivel I, en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL Nº 86, 8 de mayo).


NORMATIVA


INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS DE CONJUNTO DE ATLETISMO, BALONCESTO, BALONMANO Y JUDO

  • Convocatoria: Resolución de 5 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan las pruebas de conjunto en las modalidades deportivas de atletismo, baloncesto, balonmano y judo, para la homologación de los diplomas de entrenador de nivel III y II con los títulos de Técnico Deportivo Superior y Técnico Deportivo, respectivamente, y para la obtención del certificado académico oficial de superación de ciclo inicial por acreditar el diploma de entrenador de nivel I, en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL Nº 86, 8 de mayo)
  • Trámite: «Procedimiento de reconocimiento de formaciones de entrenadores deportivos»
  • Código IAPA identificador del procedimiento: 3824
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 25 de mayo al 1 de junio, ambos inclusive.
  • Solicitud: Acceso al formulario de solicitudEste enlace se abrirá en una ventana nueva
  • Subsanación: Acceso al formulario de subsanaciónEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Toda la información disponible se encuentra a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva)


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NOTA ACLARATORIA: Únicamente deberán proceder al abono de los precios públicos aquellas personas que figuren en la relación definitiva de personas admitidas, en el plazo y conforme a la forma que se establezcan en la resolución por la que se publique dicha relación definitiva de personas admitidas.