Convalidaciones: Tipos
CONVALIDACIONES DE MÓDULOS PROFESIONALES ESTABLECIDAS
Ciclos de Formación Profesional Básica.
Son objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos de formación profesional básica, que están establecidos en las siguientes disposiciones legales:
- Módulos de Comunicación y Sociedad I y II y Ciencias Aplicadas I y II con Módulos profesionales de ciclos de Formación Profesional Básica, Programas de Cualificación Profesional Inicial y enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria (Real Decreto 127/2014
; Orden ECD/2159/2014
).
- Módulos profesionales que tengan los mismos códigos, serán considerados módulos idénticos, independientemente del ciclo formativo al que pertenezcan, y se trasladarán las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos. (Orden ECD/2159/2014)
.
- Normas que establecen el título (convalidación de módulos profesionales con unidades de competencia).
Ciclos formativos de grado medio y superior.
Son objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos de grado medio y superior que están establecidos en las siguientes disposiciones legales:
- Módulos profesionales de títulos de grado medio con materias de bachillerato: Títulos LOGSE (Anexo IV del Real Decreto 777/1998
), Títulos LOE (en los términos que determine la norma que regule cada título)
- Módulos profesionales entre títulos LOGSE-LOGSE (Orden de 20 de diciembre de 2001
; Orden ECD/1842/2002
; Anexo I Orden ECD/2159/2014
).
- Módulos profesionales entre títulos LOE-LOE (Anexo II Orden ECD/2159/2014)
, Los módulos profesionales que tengan los mismos códigos, serán considerados módulos idénticos, independientemente del ciclo formativo al que pertenezcan, y se trasladarán las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos.
- Módulos profesionales entre títulos LOGSE-LOE (Anexo III Orden ECD/2159/2014)
- Módulos profesionales de títulos LOE por su correspondencia con unidades de competencia acreditadas (Anexos IV A) o V A) de los reales decretos que establecen los títulos).
ACCESO A HERRAMIENTA DE CONVALIDACIONES (Enlace MECD)
CONVALIDACIONES DE MÓDULOS PROFESIONALES NO ESTABLECIDAS
- Convalidación de módulos profesionales de títulos LOGSE o LOE cuando el solicitante aporte estudios universitarios u otras enseñanzas de planes extinguidos de formación profesional del sistema educativo.
- En este enlace se muestran orientaciones sobre diversas convalidaciones entre estudios universitarios oficiales y módulos profesionales de formación profesional del sistema educativo (enlace a MECD
).
- Convalidación de módulos profesionales de títulos LOGSE cuando el solicitante aporta títulos de formación profesional LOE.