Instrucción de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para el curso 2025-2026
La instrucción de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado tiene por objeto establecer el marco de actuación y funcionamiento de los centros rurales de innovación educativa para el curso escolar 2025/2026.
Aspectos a tener en cuenta:
El equipo docente de cada CRIE elaborará su Plan Anual de Actuación para el curso 2025/2026 según los objetivos que marca la instrucción.
El Plan Anual de actuación será remitido a la Dirección Provincial correspondiente antes del día 25 de septiembre de 2025 y ésta, a su vez, lo remitirá a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.
Calendario y funcionamiento:
1. La actividad del CRIE se desarrollará del 1 de septiembre de 2025 al 30 de junio de 2026.
2. El calendario de periodos semanales con el alumnado participante comenzará a partir del día 29 de septiembre de 2025 y finalizará el día 12 de junio de 2026. Dichos períodos semanales de estancias comenzarán el lunes y finalizarán los viernes, si bien estos días podrán modificarse debido a circunstancias adecuadamente justificadas por la Dirección Provincial de Educación correspondiente y tras la autorización de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación.
3. Cada CRIE ofertará veinticuatro semanas, si bien este número de períodos semanales podrá verse reducido hasta un máximo de veintidós semanas debido a circunstancias adecuadamente justificadas por la Dirección Provincial de Educación correspondiente y tras la autorización de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado de la Consejería
de Educación.
4. Las semanas restantes del curso escolar se destinarán, entre otras cuestiones, a la elaboración del plan de actuación anual, a la preparación de material didáctico, a la realización de tareas de coordinación, formación, evaluación y a la realización de la memoria, así como a otras tareas vinculadas con la internacionalización.
¿Quién puede participar?
Podrán participar en las actividades organizadas por los CRIE los centros docentes públicos que impartan educación primaria y/o educación secundaria obligatoria y que, con carácter prioritario, estén ubicados en municipios de menos de 10.000 habitantes.
Los destinatarios de las actuaciones realizadas en los CRIE serán el alumnado de tercero, cuarto, quinto y sexto de educación primaria y de primero y segundo de educación secundaria obligatoria de los centros seleccionados, de acuerdo con las directrices elaboradas por la Dirección Provincial correspondiente explicitadas en su convocatoria.
Cuales son las funciones del docente coordinador del centro participante:
a) Informar a las familias y al alumnado de todas las cuestiones relacionadas con la
actividad y cumplimentar la documentación donde se recojan los datos del alumnado y del profesorado participante.
b) Colaborar con el profesorado del CRIE y garantizar la continuidad en su centro educativo del trabajo realizado en el mismo.
c) Asistir a las reuniones que se celebren tanto con el CRIE como con la Dirección Provincial de Educación.
d) Acompañar al alumnado que figure en la solicitud durante la estancia en el CRIE, colaborar con el profesorado en las actividades programadas u otras especificadas en la convocatoria de acuerdo con las directrices elaboradas por la Dirección Provincial de Educación correspondiente.
Convocatorias para la selección de centros:
1. Las convocatorias para el curso escolar 2025/2026 serán publicadas por la correspondiente Dirección Provincial de Educación entre los días 1 y 12 de septiembre de 2025, debiéndose comunicar con antelación a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación. En cada convocatoria se indicará el plazo de presentación de solicitudes, que no será inferior a 10 días naturales.
2. Las solicitudes serán remitidas a las Direcciones Provinciales de Educación. El interesado presentará una solicitud por grupo conforme al formulario del anexo II.
3. Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de valoración que estará constituida por tres personas, dos funcionarios de la Dirección Provincial de Educación y el director o directora del CRIE de que se trate, uno de los cuales actuará como presidente y otro como secretario con voz y voto.
4. La comisión evaluará las solicitudes presentadas, revisará si cumplen con los requisitos generales, y realizará una prelación conforme a los siguientes criterios de valoración:
a) Por el contexto del centro (características socioeconómicas, culturales, educativas, demográficas, orográficas, de infraestructuras viarias, así como otros datos relevantes que permitan valorar las características de su ámbito): hasta 2 puntos.
b) Por la ubicación del centro, primando las localidades de menor a mayor número de habitantes, referido en educación primaria a la localidad en la que está ubicado el centro de educación infantil y primaria (CEIP) y en el caso de los centros rurales agrupados (CRA) a la localidad de procedencia del grupo participante, hasta 2,5 puntos de acuerdo
con el siguiente desglose:
- Educación Primaria: menos de 400 habitantes: 2,5 puntos; entre 401 y 1.000 habitantes: 2 puntos y más de 1.001 habitantes: 1 punto.
- Educación Secundaria: menos de 1.000 habitantes: 2,5 puntos; entre 1.001 y 5.000 habitantes: 2 puntos y más 5.001 habitantes: 1 punto.
c) Por el tipo de centro, hasta 2 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
- Educación Primaria: CEIP en el que funcione solo una unidad de educación Primaria: 2 puntos. CRA: 1; 5 puntos; CEIP en el funcionen menos de 6 unidades de educación Primaria: 1, 5 puntos; CEIP en el que funcionen 6 unidades de educación Primaria: 1 punto y CEIP en el que funcionen más de 6 unidades de educación Primaria: 0, 5 puntos.
- Educación Secundaria: CEIP en los que se imparta primero y segundo deeducación secundaria obligatoria (ESO) y secciones de institutos de educación secundaria obligatoria: 2 puntos; centros de educación obligatoria (CEO). 1,75 puntos; institutos de educación secundaria obligatoria (IESO): 1,5 puntos e Institutos de educación secundaria (IES): 1
punto.
d) Por la participación del centro en un Proyecto de Innovación Educativa en los dos últimos cursos: 1 punto.
e) Por criterios introducidos en la convocatoria por la respectiva Dirección Provincial en función de la especificidad de cada CRIE: 1 punto
5. En caso de empate, tendrán preferencia los centros que no hayan participado en la actividad en los últimos cuatro cursos escolares anteriores y de subsistir el empate, los centros del ámbito rural u otro, de acuerdo con las directrices elaboradas por la Dirección Provincial correspondiente.
6. La Resolución de la convocatoria se comunicará a los centros seleccionados; cada Dirección provincial indicará la documentación que deben remitir al CRIE.
7. La convocatoria para participar en las actividades del CRIE de Berlanga de Duero, Soria, la realizará, de conformidad con lo establecido en la presente instrucción, la Dirección Provincial de Educación de Soria y se dirigirá a centros docentes públicos de las provincias de Salamanca y de Valladolid, respectivamente.
8. La convocatoria para la selección de centros docentes públicos en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán en Soria, se realizará por Orden de la Consejería de Educación que será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Informe final
1. La dirección provincial correspondiente podrá solicitar a los centros participantes, en el periodo que consideren oportuno tras el desarrollo de la actividad en el CRIE, la remisión de un informe final de la actividad, en el que indicarán el grado de consecución de los objetivos y el compromiso del centro docente con la actividad del CRIE, así como sugerencias y propuestas, en su caso.
2. Las direcciones provinciales de Educación emitirán la propuesta de reconocimiento de créditos de formación del profesorado participante de acuerdo con sus criterios a la finalización del curso escolar junto con la memoria de actividades del CRIE.
3. Las direcciones provinciales de Educación correspondientes y la Dirección General de Innovación y Formación el Profesorado reconocerá a este profesorado, hasta con un máximo de tres créditos de formación, en función del grado de participación en la actividad, además del informe final presentado.
Memoria de actividades:
1. Al finalizar el curso académico el equipo del CRIE elaborará una memoria de actividades del centro que incluirá la valoración general del Plan Anual de Actuación del curso. Esta memoria se enviará para su aprobación a la Dirección Provincial (Área de Programas Educativos) y posteriormente ésta la remitirá a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.
2. En función de la memoria presentada y de la información de la que disponga o pueda recabar, cada Dirección Provincial de Educación realizará un informe que recogerá la valoración final referida a la participación, funcionamiento, organización, actuaciones a distancia, necesidades presentadas, nivel de coordinación y cuantos otros aspectos se consideren convenientes. Este informe se enviará a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado acompañando
a la memoria presentada por el CRIE.














