Modificación del Decreto 51 de derechos y deberes: preguntas frecuentes
La convivencia escolar tiene en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León, uno de sus principales elementos para garantizar el respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
Desde su publicación en el BOCyL, el 23 de mayo de 2007, profesorado, alumnado y familias tienen en esta norma un recurso fundamental, no sólo para intervenir en los posibles conflictos sino para mejorar la convivencia y conseguir un adecuado clima escolar que contribuya al logro de los objetivos académicos establecidos para el alumnado.
Con fecha 13 de junio de 2014 se publicó en BOCyL el Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. Entre las novedades que incorpora dicha norma, en su Disposición Final Primera, se encuentra la modificación del Decreto 51/2007.
Las novedades derivadas de dicha modificación ya están en vigor el curso 2014/2015 y supone cambios y aspectos novedosos en el texto del Decreto, cuya implementación está motivando diferentes consultas por parte de los centros, relacionadas tanto con la mejora de la convivencia como con otros aspectos vinculados al ejercicio de la disciplina y el abordaje de los conflictos.
En base a ello, se pone a disposición de los docentes de Castilla y León, el documento "Modificación del Decreto 51-2007___Preguntas frecuentes" (es necesario estar autenticado), con la confianza de que les será útil en su tarea para la mejora de la convivencia y la prevención e intervención en los conflictos de ella derivados.
Se trata de un documento vivo al que tendrá acceso profesorado e inspectores de educación y al que, en su momento, podrán incorporarse nuevas cuestiones que se consideren de interés general.