Programa Madrugadores y Programa Tardes en el Cole

Estos programas se enmarcan dentro de las medidas puestas en marcha por la Junta de Castilla y León encaminadas a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Las actividades que se realizan están dirigidas por personal especializado, y tienen por objeto la mejora del servicio educativo y la atención a los alumnos en aspectos relacionados con áreas socioculturales y lúdicas (juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, actividades de entretenimiento, audiovisuales...).

El Programa "Madrugadores", consiste en la ampliación del horario de apertura, durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa.

El Programa "Tardes en el Cole", consiste en la ampliación del horario, desde la finalización de las actividades docentes, durante todos los días lectivos, en los centros docentes públicos en los que se implante el programa.

Los propios centros solicitarán la implantación de los programas en los plazos que se determinan normativamente, para lo que deberán presentar un plan anual de funcionamiento, que incluirá la designación de un maestro con funciones de coordinador.

Podrán ser usuarios de los programas los alumnos de Educación Infantil y Primaria escolarizados en centros docentes de titularidad pública de la Comunidad.

Las actividades desarrolladas son actividades de carácter sociocultural y lúdico: juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, de entretenimiento, audiovisuales...

Inscripción Programa curso 2023/24

  • EN EL SUPUESTO DE USUARIOS HABITUALES:
    1. ALUMNOS YA MATRICULADOS en el centro en el CURSO ANTERIOR: Para el curso escolar 2023/2024, el plazo de presentación de las solicitudes será la segunda quincena del mes de abril, por tanto se iniciará el día 15 de ABRIL de 2023 y concluirá el día 30 de ABRIL de 2023.
    2. Para ALUMNOS de NUEVA MATRICULACIÓN en el centro en el curso escolar para el que se presenta la solicitud, en el momento en que formalicen la matrícula.
    3. Cuando la necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral SOBREVENGA en un momento posterior a los establecidos, en cualquier momento durante el curso escolar en que se vaya a hacer uso del programa.
  • EN EL SUPUESTO DE USUARIOS ESPORÁDICOS: las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de 3 días lectivos a la fecha solicitada de asistencia.

CENTROS EN LOS QUE SE IMPLANTA EL PROGRAMA PARA EL CURSO ESCOLAR CORRESPONDIENTE: las solicitudes se presentarán durante la primera semana lectiva del curso escolar.

Las solicitudes se pueden presentar en la secretaría del centro, a través de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de forma telemática aquellos solicitantes que dispongan de DNI electrónico o certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o cualquier otro certificado electrónico que haya sido reconocido por la Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas (tramita-jcyl)Este enlace se abrirá en una ventana nueva.

La resolución se dictará en los siguientes plazos:

  • Las solicitudes para el curso 2023/2024, en el supuesto de usuarios habituales ya matriculados en el centro en el curso anterior, se resolverán antes del 7 de junio de 2023.
  • Las solicitudes para alumnos de nueva matriculación, antes del primer día lectivo del curso escolar.
  • Las solicitudes presentadas con posterioridad a los períodos ordinarios, a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud.

Solicitud de bonificación/exención curso 2023/24

Las solicitudes de bonificación / exención para el curso 2023/2024, para todos los alumnos, se presentarán en el mes de septiembre cuando se inicie el curso escolar 2023/2024.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Secretaría del centro o a través de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de forma telemática aquellos solicitantes que dispongan de DNI electrónico o certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o cualquier otro certificado electrónico que haya sido reconocido por la Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas (tramita-jcyl)Este enlace se abrirá en una ventana nueva.


Toda la información: EnlaceEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Importante:

Respecto al pago del servicio es importante, tanto para los usuarios habituales como para los esporádicos, se indique en el concepto "Madrugadores" o "Tardes" y los siguientes datos para facilitar la identificación del recibo:

- Nombre y apellidos del ALUMNADO
- Centro escolar
- Cantidad abonada
- Mes al que corresponde el pago

Datos de la cuenta bancaria:

Ibercaja Banco, S.A., (Avda. Reyes Católicos, 1)

Cta.ES42 2085.4891.83.0332774765

Dicho pago deberán realizarlo los abonados antes del día 10 de cada mes, y entregárselo al monitor encargado de madrugadores antes del día 15 de cada mes por alguno de los siguientes medios:

- Entrega en mano del justificante impreso
- Enviado por correo electrónico a la dirección madrugadores.burgos@seniorsi.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva (genérica para toda la provincia).